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¿Qué es la firma electrónica?

FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA

La firma electrónica es  la herramienta básica para la realización de gestiones desde su propio ordenador sin necesidad de desplazarse. Permite que tanto el emisor como el receptor de una información, contenido o documento se identifiquen mutuamente con la seguridad de que son los únicos que están interactuando.

Con la firma electrónica se garantiza que los contenidos no se alteran, evita que terceras personas intercepten esos contenidos y que los mismos puedan ser alterados, así como que alguna de las partes pueda “repudiar” la información que recibió de la otra y que inicialmente fue aceptada.

Los aspectos básicos de la firma electrónica se recogen en el artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Definiéndose:

  1. la firma electrónica como el conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.
  2. la firma electrónica avanzada es la firma electrónica que permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio ulterior de los datos firmados, que está vinculada al firmante de manera única y a los datos a que se refiere y que ha sido creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control.

Asimismo, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos recoge, en su artículo 13.2, los medios de autenticación de los ciudadanos ante la administración en las ocasiones en las que se requiere identificación segura. La Diputación Provincial de Valladolid dispone de los siguientes medios de autenticación:

  1. los sistemas de firma electrónica incorporados al documento Nacional de Identidad, para personas físicas;
  2. los sistemas de firma electrónica avanzada, incluyendo los basados en certificado electrónico reconocido, admitidos por las Administraciones Públicas;

Las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica podrán utilizar sistemas de firma electrónica de persona jurídica o de entidades sin personalidad jurídica.

 

¿QUÉ ES UN CERTIFICADO ELECTRÓNICO?

La Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, en su artículo 6, define el certificado electrónico como un documento firmado electrónicamente por un prestador de servicios de certificación que vincula unos datos de verificación de firma a un firmante y confirma su identidad.

El firmante es la persona que posee un dispositivo de creación de firma y que actúa en nombre propio o en nombre de una persona física o jurídica a la que representa.

 

¿QUÉ ES UN PRESTADOR DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN?

Es aquella persona física o jurídica que, cumpliendo los requisitos que determina la legislación establecida sobre la firma electrónica, está capacitado para emitir certificados electrónicos o prestar otros servicios en relación con la firma electrónica.